ORDENANZA N° 175
visto:
La acentuada inflación que padece el país, en el primer trimestre del cte. Año el índice de precios al consumidor, nivel general, fue el 58, 3% en el último mes de dicho trimestre, es decir el mes de marzo de 1984, el citado índice fue del 20,3%, y durante los últimos meses alcanzó al 479, 2% (datos del suplemento económico de “Clarín” de fecha 8-4-84) Y.
CONSIDERANDO:
Que toda administración ya sea pública o privada, debe basarse en principios de economicidad y practicidad, y por los motivos expuestos en el VISTO, resulta conveniente para agilizar el trámite de liquidación y cobranza en la contaduría y tesorería, y demás oficinas recaudadoras Municipales, eliminar o desechar los centavos, pues prácticamente no existen monedas y recientemente los billetes de Pesos Ley 18.188, 5.000, 1.000, 500, fueron desmonetizados, es decir no tienen curso legal, aunque pueden ser canjeados en los bancos hasta el 29/6/84.
POR ELLO:
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1º.- Eliminar o cobrar los centavos, en todas las oficinas recaudadoras de la Municipalidad de CuruzúCuatiá, de acuerdo al Art. 2º, de la presente Ordenanza.
Art. 2º.- El monto resultante del cálculo para el cobro de impuestos, tasas, locaciones, servicios, etc. Se redondeará de la siguiente manera: los centavos desde uno a cincuenta, se desecharán, y desde 51 a 99, se cobrará en pesos Argentinos, una unidad mas.
Art. 3º.- COMUNIQUESE AL D.E., regístrese, publíquese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Abril 12 de 1984.