Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 185

VISTO:

La Ordenanza N° 31 del año 1922 por medio de la que se donaba al Gobierno de la Nación para el Ministerio de Guerra una fracción de terreno con destino a "Plaza de Ejercicio del Regimiento del Ejército."

La nota N° 2275 del 31 de octubre de 1983 del Administrador General de Inmuebles Fiscales, dependiente del Ministerio de Economía, Secretaría de Hacienda, donde expresa que el citado bien fue declarado sin destino útil y en desuso por el Comando en Jefe del Ejército, y

 

CONSIDERANDO:

Que el inmueble mencionado consta de 28 Has. 22 as. 73 cas. y 93 dm2. Y está ubicado sobre ruta nacional N°119 ex 14 entre prolongación de calles Berón de Astrada -hoy República Oriental del Uruguay- y Chiclana.

Que la donación fue realizada con la condición de que se destinara a "Plaza de Ejercicio del Regimiento de Ejército".

Que la escritura traslativa de dominio celebrada ante el Escribano Don Baldomero Cáceres el día 27-7-1923 determina que "no cumpliéndose tal condición esta donación se tendrá por no hecha y quedará sin efecto."

Que a pesar del tiempo transcurrido no se cumplió con el cargo de la donación.

Que la declaración sin destino útil y en desuso realizada por el Comando en Jefe del Ejército ratifica lo anteriormente expuesto.

 

POR ELLO

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO ORDENA

 

Art. 1º.- Revocar la donación gratuita otorgada al Gobierno de la Nación para el Ministerio de Guerra efectuada ante el Escribano Don Baldomero Cáceres por Escritura Pública N°105 del 27-7-23, en virtud de la Ordenanza N° 31, de agosto de 1922, de un terreno constante de 28 Has. 22 as. 73 cas. y 93 dm2. de superficie, lindando al NORTE: calle en medio con propiedad de herederos de Pedro Tagle -hoy sucesión de Bernabé de León-; SUR: calle en medio con Bonifacia A. de Castillo; ESTE: calle que separa el Cementerio público y OESTE: calle pública que separa de las propiedades de Luis Queirolo y Narciso Mercenaro, todo esto según título. Sus actuales límites son NORTE: Acceso Oeste; prolongación Avenida República Oriental del Uruguay; SUR: prolongación calle Chiclana; ESTE: Municipalidad de CuruzúCuatiá y OESTE: Ruta Nacional Nº 119 ex 14.

Art. 2º.- La Municipalidad deberá tomar posesión del mismo, dejándose constancias en acta notarial y previa notificación a los actuales ocupantes.

Art. 3º.- COMUNIQUESE AL D.E., publíquese, regístrese, archívese.-

 

Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.

Ana María Torres. SECRETARIA H.C.D.