ORDENANZA N° 197
VISTO:
El estado deplorable de las calles no pavimentadas de la Ciudad; y,
CONSIDERANDO:
Que es un deber primordial de este D.E. velar por el buen estado de las arterias de la Ciudad.-
Que debe realizarse un trabajo serio y concienzudo que posibilite una duración aceptable.-
Que desde hace muchos años las calles referidas no han sido mejoradas y que el vecindario clama permanentemente por su reparación.-
Que la Municipalidad carece de personal idóneo para realizar este tipo de trabajos.-
Que el Sr. Reinaldo Ramón Pensa ha efectuado esta tarea en oportunidad de haberse realizado en el año 1971 el enripiado total de las calles de los Barrios de la Ciudad.-
POR ELLO.
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1º.-CONTRATASE al Sr. Reinaldo Ramón Pensa de acuerdo a las condiciones establecidas en el Contrato adjunto, para que efectúe el mejoramiento de cincuenta cuadras, con posibilidad de ampliación a cien.
Art. 2º.- COMUNIQUESE Al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto 08 de 1984.
CURUZÚ CUATIÁ CORRIENTES.
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En la Ciudad de Curuzú Cuatiá, Provincia de Corrientes, República Argentina, a los veintidós días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, entre el Señor REINALDO RAMON PENSA, L.E. N° 6.030.985, clase 1939, y la MUNICIPALIDAD DE CURUZÜ CUATIÁ, representada en este acto por el Intendente Dr. René Borderes, M.I.N° 0.154.513, se firma el presente Contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El señor REINALDO RAMON PENSA se compromete a enripiar totalmente con material que proverá la Municipalidad, cincuenta cuadras de esta Ciudad, a un precio de Pesos argentinos Cuatro mil ($a 4.000.-) la cuadra terminada.- Los trabajos consistirán en remover la bese, agregar la capa de piedra que sea necesaria de acuerdo a los niveles establecidos, rodado con pata de cabra y riego para afirmar esta sub-base y luego terminación con una capa de ripio fino también debidamente aplanado y perfilado.-
SEGUNDA: La Municipalidad de Curuzú Cuatiá suministrará todos los equipos necesarios para la realización de estos trabajos: camiones, pala cargadora frontal, topadora, rodillo pata de cabra y rodillo aplanadora.
TERCERA: El señor REINALDO RAMÓN PENSA tendrá a su cargo, el manejo del personal afectado a la obra, la Dirección de la misma y su trabajo personal.-
CUARTA: Al señor REINALDO RAMON PENSA se le facilitará una vivienda conveniente durante el tiempo que dure este contrato a efectos de que pueda trasladar su residencia desde Corrientes.-
QUINTA: El señor REINALDO RAMON PENSA no podrá efectuar subcontratación ni asociación alguna sin previa autorización.-
SEXTA: El señor REINALDO RAMON PENSA se compromete a realizar la obra encomendada en el plazo de tres meses a contar desde su iniciación.-
SEPTIMA: La Municipalidad se reserva el derecho de rescindir el contrato cuando el contratista obre con dolo o con grave o reiterada negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, o cuando sin mediar causa justificada no de cumplimiento al plan de trabajo.
OCTAVA: La Municipalidad de Curuzú Cuatiá podrá, previo acuerdo del H.C.D., ampliar este contrato en 50 cuadras más.
No siendo para más se firman cuatro ejemplares del mismo tenor: uno para el Departamento Ejecutivo, otro para Contaduría Municipal, otro para el Concejo Deliberante, y el cuarto para el señor Reinaldo Ramón Pensa, que previa lectura y ratificación las partes firman de común acuerdo.-
Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D. Ana María Torres. SECRETARIA H.C.D.