Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA   N° 2l8

 

VISTO:

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 45 de la ley 2498, Orgánica de las Municipalidades, el 30 de Septiembre finaliza el período de sesiones ordinarias del Concejo Deliberante, y.-

 

CONSIDERANDO:

La existencia en distintas Comisiones de diferentes Proyectos ingresados a este Honorable Cuerpo, y que aún están pendientes los despachos.-

                              Que el Artículo 45 de la Ley 2498, Orgánica de las Municipalidades, faculta a prorrogar hasta un mes más el Periodo de Sesiones Ordinarias a iniciativa del Concejo.-

POR ELLO:

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

 

Art.1°.- PRORROGASE el período de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante del año 1.984, hasta el 31 de Octubre del corriente año-

Art. 2º.-COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Septiembre 19 de 1984.

CURUZÚ CUATIÁ CORRIENTES.