Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 226

VISTO:

      El estudio efectuado sobre prestación de servicios de Alumbrado Público por parte de la Dirección de energía de la Provincia y.                                                                                                    

 

CONSIDERANDO:

Que dicha dirección tiene dos sistemas para el suministro de energía, con reposición de lámparas y sin reposición de lámparas, habiendo optado esta Municipalidad desde el 1º de Enero de 1.982 por la  primera o sea el " mantenimiento de artefactos de Alumbrado Público in­cluido el cambio de lámparas".

Que este sistema es oneroso para la Municipalidad pues además de la adquisición de lámparas y otros elementos se debe contar con personal necesario para reparaciones y el encendido y apagado que nece­sita turnos especiales y también se debe agregar la movilidad; dejando sin efecto este sistema ese personal pasará a desempeñarse en otras ta­reas.

Que el D.E estima que debe cambiarse el sistema y dejar sin efecto lo “oportunamente convenido" en una reunión de Intendentes que se había realizado a fines del año 1.981.

 

POR TODO ELLO:

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1º-   DEJAR SIN EFECTO el CONVENIO existente entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Energía de suministro de Alumbrado  Público " sin reposición de lámparas”.

Art. 2º.- A PARTIR del 1º de noviembre de 1984, el Servicio de Alumbrado Público que presta la Dirección de energía a esta ciudad, será por el sistema de “con reposición de lámparas”.

Art. 3º.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D. Octubre 24 de 1984.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.