ORDENANZA N° 228
VISTO
Que como es de pública notoriedad el actual índice inflacionario que afecta a nuestro país, requiere hoy, más que nunca, actualizar en lo posible los valores correspondientes a las pensiones a la vejez otorgadas o a otorgarse a nivel Municipal, Y.
CONSIDERANDO:
Que como ya se expresa en la Ordenanza N° 190 "Es deber / primordial de toda sociedad debidamente constituida velar por el bienestar de todos los integrantes de la comunidad y en especial de aquellos, como en el caso de los que han llegado a la tercera edad...".
POR TODO ELLO:
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIA
REUNIDA EN CONCEJO ORDENA
Art. 1.- ESTABLECER a partir del 1 - 1 - 65 en la suma de Pesos Argentinos DOS MIL QUINIENTOS ($a.2.500.-) mensuales las pensiones a la vejez otorgadas y a otorgarse por este Municipio.
Art.2.- SE imputará a la partida a Pensiones a la Vejez, correspondiente al presupuesto a aprobarse para el año 1.985.
Art.3.- REMITIR al D.E. se dé cumplimiento a la presente.
Art.4.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.H. Octubre 24 de 1.984.-