Escudo Curuzu Cuatia

BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL GENERAL Dn. MARTIN MIGUEL DE GUEMES – 1785-FEBRERO-1985.


ORDENANZA Nº 255

VISTO:

La situación en que se encuentra el terreno que en su oportunidad la Municipalidad de Curuzú Cuatiá donara en forma condicionada a OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN; y.

 

CONSIDERANDO:

Que en fecha 16 de julio de 1953 por Ordenanza N° 37 del Honorable Concejo Deliberante autorizaba al D.E. a donar un terreno, ad-referendum de la Honorable Legislatura de la Provincia, a la Administración General de Obras Sanitarias de la Nación, ubicado en la manzana N° 51 de esta Ciudad y que consta de 40 por 66,20 metros.

Que el 21 de julio de 1953 se resuelve poner en posesión de O.S.N. el mencionado terreno para la construcción del edificio de Administración General de O.S.N., dejando constancia que la posesión definitiva se otorgará oportunamente,

Que en fecha 23 de julio de 1953 se ratifica lo actuado el día 21 con acta de toma de posesión del inmueble, debiendo la Municipalidad suscribir, en caso de corresponder, la respectiva escritura traslativa de dominio, lo que hasta la fecha no se formalizó,

Que por Decreto Nº 4085 de fecha 19 de noviembre de 1956 el Gobierno de la Provincia de Corrientes autorizaba a la Municipalidad de CuruzúCuatiá a donar el terreno mencionado al estado nacional (Administración General de Obras Sanitarias de la Nación) con destino a la construcción del edificio de las oficinas de dicha repartición.

Que por Ordenanza Nº 50 del 22 de agosto de 1974, del Ho­norable Concejo Deliberante ratifica la Ordenanza Nº 37 del año 1953, donándose ad-referendum de la Honorable Legislatura de la Provincia el lote de terreno destinado al edificio de oficina de O.S.N., debiendo iniciarse la construcción en el término de dos años y finalizarse antes de cuatro años, caso contrario el acto quedaría revocado y el terreno revertido al patrimonio Municipal.

Que no se cumplió con la condición de iniciación y terminación de las obras determinada en la Ordenanza anteriormente citada.

                             Que la Administración de Obras Sanitarias depende actualmente del Gobierno de la Provincia de Corrientes por convenio firmado con la Nación,

Que en un lote de 1.023,9180 m2, del mencionado terreno O.S.N. tiene construida la casa habitación del Gerente de dicha repartición,

Que el resto del terreno es una plaza pública creada y conservada por la Municipalidad,

 

 

POR ELLO:

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art.1º.- REVOCAR parcialmente la Donación efectuada en su oportunidad por esta Municipalidad a O.S.N. de la Nación hoy de la Provincia.

 

Art. 2º.- LA presente revocación comprende de acuerdo al plano de mensura N° 2539-L de fecha de aprobación del 15 de Octubre de 1982 al lote Nº 1 Adrema E1- 8301 que tiene una superficie total de 1323,9068 m2.

 

Art. 3º.- A los efectos de la pertinente escritura Pública de revocación y transferencia de dominio, el citado plano Nº 2539-L- deberá considerarse como integrante de la presente,

 

Art. 4º.-  Pase al Departamento Ejecutivo a su efecto.

 

Art. 5º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D. Mayo 15 de 1985.

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.