Escudo Curuzu Cuatia

BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL GENERAL Dn. MARTIN MIGUEL DE GUEMES – 1785-FEBRERO-1985.


ORDENANZA Nº 280.

VISTA:

La solicitud presentada por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales referente a la donación de un terreno para construir su sede Social; y.

 

CONSIDERANDO.

Que el Sindicato recurrente fue constituido el 27 de sep­tiembre de 1971, teniendo sus Estatutos por el cual, rigen sus activi­dades y sus actuales miembros fueron electos en Asamblea realizada el día 25 de marzo del cte. año, todo de acuerdo a documentación que adjuntan.

Que la Municipalidad está en condiciones de disponer li­bremente del terreno solicitado por haberse cumplimentado todas las exigencias determinadas en la Ley Nº 4616/70, de publicación de Edic­tos, reputación de dominio, mensura, inscripciones en el Registro de la propiedad y Dirección de Catastro, estimando el D.E., que es factible la donación.

 

Que Asesoría Letrada en su dictamen expresa que "no tie­ne objeciones que formular, teniendo en cuenta la finalidad a que se­rá destinado el terreno", pero siendo atribuciones del H.C.D.resolver en definitiva, según lo establece la Ley Nº 2498 - Orgánica de las Municipalidades -, debe elevarse el presente proyecto para su resolu­ción.

 

POR ELLO:

LAMUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art. 1º.- DONAR al SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES de esta Ciudad,  un terreno ubicado en la manzana Nº 28, que mide 2,70 mts. De frente y  contrafrente por 32,00 mts. De fondo y contrafondo, o sea una superficie de 406,4000 m2. Lindando al N= terreno municipal, S= calle Irastorza, E= calle Bompland, y O= terreno municipal; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Diario Nº 8072, Folio Real Matricula Nº 1520 año 1980, y en la Dirección General de Catastro bajo Adrema E1-5607-1, a nombre de Municipalidad de Curuzú Cuatiá.

 

Art. 2º.- CON CARGO de que en el término de UN AÑO desde la promulgación de la Ordenanza, presenten los Planos y Proyecto de la Sede  Social a construir, debidamente inscriptos ante los organismospertinentes y notificación al H.C.D.

 

Art. 3º.- CON CARGO de construir en un plazo de CUATRO AÑ0S contados, a partir de la fecha de promulgación de la Ordenanza, el 50% de la edificación proyectada conforme planos y proyectos que se mencionan en el art, 2º y con notificación al H.C.D.

 

Art. 4º.- CON CARGO de finalizar la obra proyectada en un plazo de OCHO AÑOS a partir de la promulgación de la Ordenanza con notifica­ción al H.C.D.

 

Art. 5º.- EL INCUMPLIMIENTO de cualquiera de estas condiciones o cargos de la donación hará pasible la revocatoria de la misma, quedando de propiedad exclusiva de esta Municipalidad todo lo plantado y edificado y el terreno sin indemnización alguna,

 

Art. 6º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto 14 de 1985.

 

CPN. Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.

Francisco José García Rivera. SECRETARIO H.C.D.