BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL GENERAL Dn. MARTIN MIGUEL DE GUEMES – 1785-FEBRERO-1985.
ORDENANZA N° 281
Visto:
El convenio
suscripto por el Señor Intendente Municipal en representación de esta Comuna,
con el Señor Director de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes; y
Considerando:
Que por el citado
convenio se acuerda la transferencia sin cargo, a la Citada Dirección de la
prestación de servicio público de Alumbrado Público de esta localidad, a partir
del 1° de marzo de 1.985 el cual en el futuro resultará de responsabilidad
exclusiva de la misma.
Que a través
de dicho Convenio, esta Comuna cede la atención de un servicio que le resulta
sumamente gravoso, a una Entidad Provincial especializada, lo que asegura la
continuidad, regularidad y eficacia en prestación.
Que, como
consecuencia de tal transferencia se establece que esta Comuna, dejará de
percibir de parte de los usuarios, tasa o cualquier retribución por el servicio
de Alumbrado Público, el cual se delega expresamente en la Dirección que se
encargará de dicha prestación.
Que si bien
es cierto que, tanto la Constitución Provincial en su Art. 164 -inc. 3º, como
la Ley Orgánica Municipal N° 2498 en su Art.65º- inc.5° prevén como recurso de
la Municipalidad las tasas retributivas de servicios; ello lo es con la
condición de que el servicio resulta efectivamente prestado por la misma,
motivo por el cual no aparece objeción constitucional ni legal a los términos
del convenio citado.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.-
APROBAR en todos sus términos el Convenio de transferencia de servicio de
Alumbrado Público de esta localidad a la Dirección Provincial de Energía de
Corrientes, suscripto entre el señor Intendente Municipal con el Señor Director
de la citada Dirección en fecha 11/06/85, que se incorpora como anexo y forma y
parte integrante de la presente.
Art.2°.-
DISPONER como vigencia del citado Convenio a partir del 1º de marzo de 1.985.
Art.3°.-
COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE
SESIONES DEL H.C.D., Agosto 14 de 1.985.-
CURUZU CUATIA,
CORRIENTES