BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL GENERAL Dn. MARTIN MIGUEL DE GUEMES – 1785-FEBRERO-1985.
ORDENANZA N°: 283
VISTO:
Las solicitudes de Becas presentadas por los estudiantes Roberto Martín Gimenez; Darío Eduardo Britez; Claudia Cantero; Juan Ramón Ledesma; Javier Walter Gamarra; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 51 inciso 21 de la Ley Orgánica de Municipalidades faculta a este Honorable Concejo Deliberante a auxiliar a estudiantes de escasos recursos.
Que es deber primordial de la sociedad facilitar la capacitación de sus integrantes que demuestran aptitudes en el estudio y en especial, de aquellos que reuniendo condiciones para proseguir sus estudios, carecen de los medios económicos necesarios.
Que las solicitudes presentadas cuentan con Despacho favorable de la Comisión de Peticiones, Ayuda Social e Instrucción Pública, aprobado por este Honorable Cuerpo,
POR ELLO:
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art.1o.- OTORGAR una Beca de Estudios a favor de los siguientes estudiantes.
ROBERTO ROQUE MARTIN GIMENEZ, D.N.I.N0:21.646.741.
DARIO EDUARDO BRITEZ, D.N.I.N0: 25.208.883
CLAUDIA CRISTINA CANTERO, D.N.I.N0:18.614.798.
JUAN RAMON LEDESMA, D.N.I.N0: 23.841.774.
JAVIER WALTER GAMARRA, D.N.I.N0:22.817.694
Art.2°.- DICHAS Beca se otorga en razón de una entrega inicial de ? 20.-
(Australes veinte) para libros y material de estudios en general suma ésta que se hará efectiva en el presente mes, y un entrega mensual de ? 10.- (Australes diez) desde septiembre del 1 al 5 de cada mes, hasta terminar el año escolar.
Art.3°.- PARA mantener la Beca el alumno deberá presentar al H.C.D., dentro
de los diez días siguientes a la entrega de la libreta de calificaciones o equivalente, fotocopia de la misma firmada por las autoridades del establecimiento al que pertenece.
Art. 4°.- El ALUMNO deberá tener durante el transcurso del año, las siguientes calificaciones: concepto bueno en los grados primarios; promedio de eximición el secundario; y primeras calificaciones en el terciario, según corresponda.
Art-50.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.