BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL GENERAL Dn. MARTIN MIGUEL DE GUEMES – 1785-FEBRERO-1985.
ORDENANZA Nº 294.
VISTO:
La Ley Provincial N° 3908 prohibiendo la exhibición pública de todo material que atente contra la moral y las buenas costumbres;y.
CONSIDERANDO:
Que por medio del art. 6º se invita a las Municipalidades a adherirse al régimen de este instrumento legal, facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a ejercer las competencias asignadas al Poder Ejecutivo Provincial por la referida Ley.
POR ELLO:
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art,1º.- ADHIERASE esta Municipalidad a la Ley 3908 sancionada por el Superior Gobierno de la Provincia y cuyo texto completo adjunto a la presente, forma parte integrante de esta Ordenanza.
Art. 2º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Septiembre 27 de 1985.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
CPN. Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.
Francisco José García Rivera. SECRETARIO H.C.D.