ORDENANZA Nº 314
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- ESTABLECESE como primer párrafo de art. 104 de la Ordenanza 178, el siguiente:
“Exenciones: Están eximidos del 50% de la tasa de este Título las propiedades de los empleados y Obreros municipales, salvo que de la normativa vigente resultare otro beneficio más favorable al obligado.
Art. 2º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Junio 18 de 1986.
CURUZÚ CUATIÁ CORRIENTES.
Arturo Juan Bewick. PRESIDENTE H.C.D.
Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.