ORDENANZA N° 361.
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- LAS solicitudes de becas para alumnos de familias de escasos recursos económicos se recibirán en la Secretaría del H.C.D. anualmente, entre el 1° de diciembre y el 28 de febrero del año siguiente.
Art. 2°.- Las solicitudes tendrán que venir acompañadas de una fotocopia de la libreta o boletín de calificaciones autenticada por la autoridad competente del establecimiento en el que cursó sus estudios o Secretaría del H.C.D.
Art. 3°.- TENDRAN prioridad para ser beneficiarios de la beca, los integrantes de familia numerosa en edad escolar se entenderá como familia numerosa a la que está así conceptuada para el pago del salario familiar.-
Art. 4°.- La Secretaría del H.C.D. informará semanalmente al Presidente de la Comisión de Peticiones Ayuda Social e Instrucción Pública de las solicitudes recibidas.-
Art. 5°.- EL H.C.D. deberá resolver estas solicitudes en la primera reunión extraordinaria del mes de marzo de cada año, previo despacho de la Comisión de Peticiones Ayuda Social e Instrucción Pública.
Art. 6°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Diciembre 3 de 1986.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.
Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.