Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 367

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art. 1°.-SUSTITUYESE los párrafos del art, 1° de la Ordenanza N° 351, el que dice "En el horario de 12,30 a 20,30 horas" por el de "Las 24 horas"; el que dice "Durante la temporada comprendida entre 12 de Noviembre de cada año y el 31 de Marzo del año siguiente" por el de: "Todo el año".

 

Art. 2°,-EL D.E. tomará las medidas necesarias para su señalización.

Art. 3°.-COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

                               SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Diciembre 19 de 1986.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

 

Mirta Lidia Soto de Fernández Fellini. VICEPRESIDENTE 1° H.C.D.

Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.