Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 376.

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art.1°.- AUTORIZAR la concreción de la permuta del inmueble de pro­piedad Municipal que se precisa más adelante, con el inmueble de propiedad de la empresa denominada A.R.C.A. S.R.L. (Arquitectos Constructores Asociados), con domicilio en calle San Juan N° 595 de la Ciudad de Corrientes, que también más adelante se precisa.

Art.2°.- ACEPTAR la realización de la obra de iluminación que deberá realizar la empresa citada en el art. anterior, en caso de formalizarse la permuta de referencia. Tal iluminación, a concretarse en el Parque Municipal "Martín Fierro" debe­rá ajustarse a un proyecto elaborado por la Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo de ésta Municipalidad. Esta obra deberá entregarse en el plazo de cuatro meses de formaliza­da la permuta, en funcionamiento, y los gastos e inversiones que demande, estarán exclusivamente a cargo de la empresa A.R.C.A.S.R.L., no pudiendo representar ningún cargo pa­ra ésta Municipalidad. Esta obligación se formalizará mediante escritura pública.

Art. 3°.- LA autorización de la permuta dispuesta en el art.1°, está supeditado a que el inmueble que recibirá esta Municipali­dad, esté absolutamente libre de hipotecas, embargos y todo otro tipo de gravámenes, como asimismo libre de todo ocupante.

Art. 4°.- ESTA permuta se realizará con la condición de que la empresa A.R.C.A.S.R.L. obtenga el crédito correspondiente del Banco Hipotecario Nacional y realice en el predio que estaMunicipalidad entrega, las construcciones previstas en los proyectos presentados en la Secretaría de Obras Públi­cas y Urbanismo, la que deberá comenzar en un plazo máximo de cuatro meses a partir de la formalización de la escritura de permuta.

 

Art. 5°.- TAMBIEN es condición de las autorizaciones dispuestas en los arts. 1° y 2° de la presente, que la totalidad de los gastos y honorarios que motiven las escrituras y demás trámites que deban realizarse, estarán exclusivamente a cargo de la empresa A.R.C.A. S.R.L., pudiendo ésta designar el escribano actuante,

Art. 6°.- LOS inmuebles referidos en el art. 1° son los siguientes: El que entrega la Municipalidad es una fracción de 3.008, 3507 m2, ubicada en la manzana N° 1, que consta de 53,57 mts. de frente al Sur y 35,77 mts. decontrafrente, por 67,72 mts.de fondo al Oeste y 69,15 mts, al Este lindando: al Norte con propiedad de Elisa Concepción Estevez de Disantez y otros; al Sur calle San Martín; al Este Vías del Ferrocarril Gral.Urquiza; y al Oeste calle Vi­cente López, se encuentra inscripto a nombre de la Muni­cipalidad de Curuzú Cuatiá en el Registro de la Propiedad Inmueble, en el Folio Real, Matr. N° 4175, Año 1.987 Departamento de Curuzú Cuatiá.

El inmueble que entrega la empresa A.R.C.A. S.R.L. está compuesto de dos fracciones de terrenos colindantes, de­nominados lotes Nros. "1” y "2" en el Duplicado de Mensura N° 4.005-L, de 2.902,50 m2. Y 1.867,50 m2, respecti­vamente, ubicados en la zona noroeste de los ejidos de la ciudad de Curuzú Cuatiá, constante el inmueble: resultan­te de las dos fracciones de la siguientes dimensiones:79, 50 mts. de frente al Sur e igual contrafrente, por 60,00 mts.de fondo al Este e igual medida de contrafondo; lin­dando: al Sur con calle proyectada, al Norte y Este, con lote N° "8" del mismo plano de mensura y al Oeste con Fernando Fernández y Emilio Malceñido. Se encuentra inscrip­to a nombre de A.R.C.A. S.R.L., en una mayor extensión,en el Registro de la Propiedad Inmueble, en el Folio Real, Matr. N° 4130, Año 1986, Departamento de Curuzú Cuatiá.

 Art. 7°.- EN el acto de la permuta, la empresa A.R.C.A.S.R.L.decla­rará expresamente que renuncia a evicción y saneamiento por el terreno que recibe, y que exonera a la Municipalidad de Curuzú Cuatiá de toda responsabilidad por daños, aún en el supuesto de que fuera vencida en juicio de reivindicación o en cualquier otro que importara para ella la privación o limitación del dominio.

 

 

Art. 8°.-EN el acto de la permuta, se dejará constancia de que A.R.C.A. S.R.L. asume la obligación de hacer el alumbrado del Parque Martín fierro, aunque luego se instrumente ésa obligación, con todos los detalles técnicos, en actosseparados. A tal fin, se deja expresa constancia de que ésas condiciones de iluminación no podrán ser inferiores a las proyectadas; según consta en el expediente remitido.

 

Art. 9°.-FACULTAR suficientemente al Señor Intendente Municipal parafirmar las escrituras correspondientes y realizar las demás actos necesarios a los fines previstos en ésta Ordenanza.

Art.10°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Marzo 4 de 1.987

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.

Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.