Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N°422.

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚCUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art. 1°.- CREASE la Oficina de Prensa y Ceremonial del Honorable Concejo Deliberante de Curuzú Cuatiá, la que estará a cargo de la persona que designe el señor Presidente de este Honorable Cuerpo Deliberante.

Art. 2°.- Esta Oficina tendrá a su cargo hacer saber y suministrar a la población en general toda la información de interés público que se genere como consecuencia del accionar de los miembros del Honorable Concejo Deliberante de Curu­zúCuatiá,utilizando a tales efectos todos los medios de comunicación existentes en nuestra ciudad,debiendo a su vez,los representantes de la prensa oral y escrita diri­girse a esta Oficina a fin de recabar toda información inquietud que se generó como consecuencia del accionar de este H.C.D.

Art. 3°.-Toda información que se suministre debe ser previamente autorizada por la presidencia para su publicación o di­vulgación.

Art. 4°.- El encargado de la Oficina de Prensa y Ceremonial del H C.D. será responsable,no solamente de concentrar y dar la información oficial,sino también quien tendrá a su cargo y bajo su responsabilidad desarrollar toda actividad que concierne a las relaciones públicas y de ceremonial con otras entidades públicas o privadas; poderes de la organización estatal,ya sea ella nacional,provincial, municipal y con cualquier otra persona ya sea esta de existencia física o jurídica.

Art. 5° - En el orden, jerárquico, esta oficina se encuentra dentro del ámbito de la Presidencia del H.C.D. y bajo el contralor administrativo del señor Secretario del cuerpo.

Art. 6°.-Para el Ejercicio Fiscal de 1987 y hasta tanto no se disponga lo contrario,el cargo de Secretario de Prensa y ceremonial de este Honorable Concejo Deliberante,será ad-honorem,no dando, por lo tanto,derecho a ningún tipo de re­tribución.

Art. 7°. - Los gastos que demande el funcionamiento de la Oficina de Prensa y Ceremonial de este Honorable Cuerpo Deliberante,se imputaran al rubro y partidas que correspondan del Presupuesto del H.C.D. para el corriente año.

Art. 8°. - COMUNÍQUESE al D.E.,publíquese,regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., julio 22 de 1987.

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES

 

Dr. Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.

Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.