Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA   N° 423

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚCUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1°.- APROBAR la lista de tarifas máximas por servicio de transporte de pasajeros en taxis dentro de la jurisdicción de este Municipio, de acuerdo al detalle que adjunto a esta Ordenanza, forma parte integrante de la misma.

 

Art. 2°.- LA lista mencionada en el art. anterior deberá estar a la vista de los usuarios, dentro del vehículo de alquiler, medida que será controlada por los Sres. Inspectores de Tránsito.

 

Art. 3°.- FIJASE un recargo por servicio nocturno del 50% sobre las tarifas establecidas de acuerdo al art. 1° de la presente.

 

Art. 4°.- DETERMINASE como horario nocturno al lapso comprendido entre las 23 horas y las 5 horas del día siguiente.

Art. 5°.- DEROGASE en todos sus artículos las Ordenanzas N° 358, 379 y 395

Art.6°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Julio 22 de 1987.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

 

Dr. Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.

Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.