ORDENANZA N° 423
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚCUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- APROBAR la lista de tarifas máximas por servicio de transporte de pasajeros en taxis dentro de la jurisdicción de este Municipio, de acuerdo al detalle que adjunto a esta Ordenanza, forma parte integrante de la misma.
Art. 2°.- LA lista mencionada en el art. anterior deberá estar a la vista de los usuarios, dentro del vehículo de alquiler, medida que será controlada por los Sres. Inspectores de Tránsito.
Art. 3°.- FIJASE un recargo por servicio nocturno del 50% sobre las tarifas establecidas de acuerdo al art. 1° de la presente.
Art. 4°.- DETERMINASE como horario nocturno al lapso comprendido entre las 23 horas y las 5 horas del día siguiente.
Art. 5°.- DEROGASE en todos sus artículos las Ordenanzas N° 358, 379 y 395
Art.6°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Julio 22 de 1987.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Dr. Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.
Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.