ORDENANZA N°425.
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚCUATIÁ REUNIDAENCONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- DISP0NESE que el D.E., por intermedio de la Secretaría de Obras Públicas, deberá concretar en el término de quince días a partir de la promulgación de la presente, el Proyecto de División y Amanzanamiento dispuesto por Ordenanza N° 407.
Art. 2°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Julio 29 del 1937.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Dr. Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.
Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.