ORDENANZA N° 429
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art. 1°.- Fijase los precios para los boletos del transporte urbano de pasajeros, para las distintas categorías y que se detallan a continuación:
a) Boleto General ? 0,45
b) Boleto Estudiantes ? 0,25
c) Boleto a Jubilados y Pensionados ? 0,20
Art. 2°.- Los valores fijados en el art.l0 entrarán en vigencia a partir del 1° de setiembre de 1987.
Art.3°.- No habrá aumentos en los precios de los boletos en períodos inferiores a los meses calendarios.
Art.4°.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto 12 de 1987
CURUZU CUATIA, CORRIENTES