Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 434

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1°.-TODA persona que haya ejercido el cargo de Intendente, por un año o más, deberá hacer entrega al que lo reemplace como autoridad máxima del D.E. en forma definitiva, los bienes de la Municipalidad bajo su responsabilidad, respaldado por el Inventario Físico, demostrativo de la existencia y estado de los mismos.

 

Art. 2°.- Conjuntamente con el Inventario del Art.1°, el Intenden­te saliente, deberá entregar al entrante, un Balance en base al principio de lo devengado (Tributos a cobrar, Deudas, etc.)

Art. 3°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto 26 de 1987.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

Mirta Lidia Soto de Fernández Fellini. VICE-PRESIDENTE 1° H.C.D.

Amparo Enrique Ubeda. SECRETARIO H.C.D.