ORDENANZA N° 461
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art. 1° - La Municipalidad cederá sin cargo cuatro (4) habitaciones de dos (2) camas en el Hotel de Turismo para alojamiento de los disertantes durante el desarrollo de las Jornadas diferentes a realizarse en esta Ciudad. La facturación a los efectos contables se hará a nombre de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, con la aclaración de Eximido del pago por Ordenanza N° 461.
Art. 2°.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Octubre 28 de 1987.
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.