ORDENANZA N° 492
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo, a ceder el uso de la Sala Municipal Cervantes, o cualquier otro lugar de uso público que poseyere, a Instituciones o personas, para actividades de tipo cultural, artístico, político, educativo deportivo, etc. sin limitaciones ni discriminaciones de ninguna naturaleza, salvo las que surgieren de la legislación vigente, y a la moral y las buenas costumbres.
Art.2°.- EN todos los casos, el uso se concederá previa petición por escrito, debiendo indicarse La Persona jurídica o persona física que asumirá la responsabilidad por el uso que se cede y los daños que de él pudieren resultar.
Art. 3°.- EN todos los casos, se atenderá el D.E., a la Ordenanza tarifaria vigente, entendiéndose que, de no existir previsión expresa, la sesión podrá ser gratuita.
Art.4°.- Cuando el D.E., negase el uso de los espacios a los que se refiere el art. 1° lo comunicará a este H.C.D. con las razones que motivaren tal negativa.
Art. 5°.- Ordenanza 30/84, y cualquier otra que se oponga a la presente.
Art. 6°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Abril 7 de 1.988.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Dr. Arturo Juan Beswick. PRESIDENTE H.C.D.
Estela María Güenaga. SECRETARIA H.C.D.