Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 500

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1°.- RATIFICASE la donación efectuada al IN.VI.CO., por Ordenanza N° 225, sancionada el 18 de octubre de 1984 y promulgada el 23 de octubre del mismo año.

Art.2°.- ESTABLECESE que el IN.VI.CO. deberá dar inicio a las obras dentro del plazo de un año a contar de la promulga­ción de la presente, teniendo plazos de tres y seis añosa partir de la misma fecha para completar el 50% y el total de la obra, respectivamente.

En caso de incumplimiento, el terreno volverá al patrimonio municipal, con todo lo plantado y edificado, sin cargo alguno.

 

Art.3°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Abril 14 de 1.988.

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

 

Mirta Lidia Soto de Fernández Fellini. VICEPRESIDENTE 1° H.C.D.

Amparo Enrique Ubeda. DIRECTOR DE PRENSA Y CEREMONIAL.