Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 510

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art. 1°.- DISPONESE la celebración solemne del CENTENARIO del otorgamiento del título de Ciudad de Curuzú Cuatiá, conferido por decreto del 25 de septiembre de 1888. Para organizar tal celebración, creasela COMISIÓN DEL CENTENARIO.

Art.2°.- PARA constituir tal comisión, el D.E., por medio del Secretario o funcionario superior que designe al efecto, convocara a todas las entidades, asociaciones, gremios y personas representativas del medio, y especialmente a las entidades centenarias existentes en la ciudad, a fin de que elijan a las personas, en el número que consideren oportuno,  que han de integrar dicha Comisión.

Art. 3°.- Dicha Comisión queda facultada para recaudar fondos por cualquier medio lícito acorde con la naturaleza y la dignidad de la  gestión que deberá cumplir. Cualquier acto,actividad o gestión que deba realizar esa Comisión con el fin de recaudar fondos,  estará exenta de todo impuesto, tasa, contribución o cualquier otra carga que; la Municipalidad tenga impuesta o impusiere en el futuro para tales actos, actividades o gestiones.                  

Art.4°.- Declárense miembros honorarios de esa Comisión al Sr. Gobernador de la Pcia., al Sr. Ministro de Gobierno de la Pcia., el Sr. Intendente Municipal, Sr. Presidente, delH.C.D., al Sr. Rector de la Universidad Nacional del Nordeste, al Sr. Presidente de la Exma. Cámara de Apelaciones. Sr. Comandante de la III Brigada de Infantería, Sr.Coman­dante de I Agrupación Corrientes de Gendarmería Nacional y al Señor  Cura Párroco.

Art. 5°.- Disponese que dicha Comisión, por medio de los cursos de Historia del Instituto del Profesorado, por medio del trabajo de investigadores e historiadores y por cualquier otro que considere oportuno, prepare una HISTORIA DE CURUZÚ CUATIÁ, y facúltasela para su edición.

Art. 6°.-EI Señor Intendente Municipal dispondrá la adscripción del personal necesario para colaborar en los trabajos deesta Comisión, y le facilitará los bienes físicos municipales indispensables para su tarea.

Art. 7°.- ESTE H.Concejo Deliberante estará representado, en la COMISIÓN DEI CENTENARIO, por tres señores Concejales (uno por cada bloque).               

 

Art.8°.- CREASE la GALERIA DE PRESIDENTES DEL H.CONCEJO DELIBERANTE, para que queden a la vista y al público conocimiento los nombres de quienes ejercieron la Presidencia de este Concejo, desde su creación hace cien años.

 

Art. 9°.- REGISTRESE, pase al D.E. para su promulgación y publica­ción, cúrsense notas de estilo a las personas designadas miembros honorarios, y oportunamente, archívese.

 

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Mayo 12 de 1.988.

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

 

Raúl Antonio Brambilla. PRESIDENTE H.C.D.

Estela María Güenaga. SECRETARIA H.C.D.