Escudo Curuzu Cuatia


Ordenanza Nº 528

La Municipalidad de Curuzú Cuatiá de Curuzú Cuatiá reunida en Concejo

ORDENa

 

Art. 1º.- Establécese las siguientes modificaciones en el tránsito vehicular urbano:

·         AZCUENAGA: Doble circulación de J. B. Alberdi a Belgrano.-

·         PODESTA: Circulación de Este a Oeste, de Juan B Alberdi a Duarte Ardoy.

·         EL MAESTRO: Doble Circulación de 25 de Mayo a Juan B Alberdi.

·         CASTILLO: Circulación de Oeste a Este de Lonardi a Juan Pujol.

·         CAA GUAZU: Circulación Oeste a Este de Posadas a Bonpland.

·         IRASTORZA: Circulación de Este a Oeste de Ramírez a Posadas.

·         DON BOSCO: Doble circulación de Las Heras a Sarmiento y de Pueyrredón a Ramírez.

·         AVDA. JUAN B ALBERDI: Doble Circulación de Avda. España a Caa Guazú. Ver  1618

 

Art. 2º.- Serán de doble circulación todas las calles de tierra o ripio; las que limitan las plazas públicas; las avenidas España, Mitre y R.O. de Uruguay y los accesos Almirante Portillo y Mariano Moreno.

 

Art. 3º.- En las calles de mano única, el estacionamiento vehicular será a la derecha del conductor y en las de doble circulación, sobre las aceras de números pares, exceptuándose las calles orientadas de sur a norte cuyo estacionamiento será a la izquierda del conductor. Berón de Astrada, cuando tenga doble circulación y en Avda. España que será a la derecha del conductor. Avda. república Oriental del Uruguay y Avda. Mitre en el centro de la calzada.

 

Art. 4º.- En todas las calles y avenidas, tendrá prioridad de paso el vehículo que viene por la derecha.

 

Art. 5º.- El D.E. deberá señalizar correctamente el sentido de circulación y estacionamiento establecido por la presente ordenanza.

 

Art. 6º.- Esta ordenanza deroga a toda otra ordenanza que se oponga a la presente.

 

Art. 7º.- Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-