Ordenanza Nº 528
La Municipalidad de Curuzú Cuatiá de Curuzú Cuatiá reunida en Concejo
ORDENa
Art. 1º.- Establécese las siguientes modificaciones en el tránsito vehicular urbano:
· AZCUENAGA: Doble circulación de J. B. Alberdi a Belgrano.-
· PODESTA: Circulación de Este a Oeste, de Juan B Alberdi a Duarte Ardoy.
· EL MAESTRO: Doble Circulación de 25 de Mayo a Juan B Alberdi.
· CASTILLO: Circulación de Oeste a Este de Lonardi a Juan Pujol.
· CAA GUAZU: Circulación Oeste a Este de Posadas a Bonpland.
· IRASTORZA: Circulación de Este a Oeste de Ramírez a Posadas.
· DON BOSCO: Doble circulación de Las Heras a Sarmiento y de Pueyrredón a Ramírez.
· AVDA. JUAN B ALBERDI: Doble Circulación de Avda. España a Caa Guazú. Ver 1618
Art. 2º.- Serán de doble circulación todas las calles de tierra o ripio; las que limitan las plazas públicas; las avenidas España, Mitre y R.O. de Uruguay y los accesos Almirante Portillo y Mariano Moreno.
Art. 3º.- En las calles de mano única, el estacionamiento vehicular será a la derecha del conductor y en las de doble circulación, sobre las aceras de números pares, exceptuándose las calles orientadas de sur a norte cuyo estacionamiento será a la izquierda del conductor. Berón de Astrada, cuando tenga doble circulación y en Avda. España que será a la derecha del conductor. Avda. república Oriental del Uruguay y Avda. Mitre en el centro de la calzada.
Art. 4º.- En todas las calles y avenidas, tendrá prioridad de paso el vehículo que viene por la derecha.
Art. 5º.- El D.E. deberá señalizar correctamente el sentido de circulación y estacionamiento establecido por la presente ordenanza.
Art. 6º.- Esta ordenanza deroga a toda otra ordenanza que se oponga a la presente.
Art. 7º.- Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-