Escudo Curuzu Cuatia


 

ORDENANZA N° 531

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

Art. 1°- CREASE el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá.

Art. 2°.- Los Proveedores de Bienes y Servicios a la Comuna, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

a)    Presentar los números de Inscripción, de corresponder, en los distintos organismos fiscales nacionales y provinciales (Tributario, de seguridad Social, etc.)

b)    Tipos o clases de bienes y/o servicios que se compromete a proveer.

c)    Antecedentes ante organismos públicos y/o privados.

d)    Último Balance, de llevar contabilidad o estado patrimonial dictaminado por Contador Público.

e)    Título habilitante en el caso de servicios personales.

 

Art. 3°.- El D.E. podrá reglamentar la presente ordenanza.

 

Art. 4°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto, 10 de 1.988.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

 

Dr. Raúl Antonio Brambilla. PRESIDENTE H.C.D.

Estela María Güenaga. SECRETARIA H.C.D.