ORDENANZA N° 531
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°- CREASE el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá.
Art. 2°.- Los Proveedores de Bienes y Servicios a la Comuna, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
a) Presentar los números de Inscripción, de corresponder, en los distintos organismos fiscales nacionales y provinciales (Tributario, de seguridad Social, etc.)
b) Tipos o clases de bienes y/o servicios que se compromete a proveer.
c) Antecedentes ante organismos públicos y/o privados.
d) Último Balance, de llevar contabilidad o estado patrimonial dictaminado por Contador Público.
e) Título habilitante en el caso de servicios personales.
Art. 3°.- El D.E. podrá reglamentar la presente ordenanza.
Art. 4°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto, 10 de 1.988.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Dr. Raúl Antonio Brambilla. PRESIDENTE H.C.D.
Estela María Güenaga. SECRETARIA H.C.D.