Escudo Curuzu Cuatia


 

 

ORDENANZA N°565

 

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1°.- Fijase al Departamento Ejecutivo Municipal, un plazo da 60 (sesenta) días hábiles para la Reglamentación de la Ordenanza N° 531 de Creación del Registro de Proveedores de esta Municipalidad.

 

Art. 2°.- COMUNÍQUESE al D.E., publique, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Octubre 13 de 1.988.

 

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

Dr. Raúl Antonio Brambilla. PRESIDENTE H.C.D.

Estela María Güenaga. SECRETARIA H.C.D.