Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 569

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1°.-  Agregase al art. 6° de la Ordenanza N° 535 el siguiente párrafo.

"Los espectáculos Deportivos pagarán el 50% de los valores estipulados en este artículo, quedando eximidas las entidades de bien público y de beneficencias”.

 

Art. 2°.-  La presenta Ordenanza comenzará a regir en un todo de acuerdo con el art. 14 de la Ley N° 2498.

 

Art. 3°.-   COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Octubre 27 de 1988.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

Dr. Raúl Antonio Brambilla. PRESIDENTE H.C.D.

Estela María Güenaga. SECRETARIA H.C.D.