ORDENANZA N° 585.
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- Se incorpora como norma general y de carácter permanente del sistema tributario municipal, la siguiente disposición.
Los contribuyentes que al último día del año, estuvieran al día en el pago de sus tributos municipales, gozarán de un diez por ciento (10%) de descuento en las sumas que les correspondiere abonar en término, por ése mismo tributo, en el año siguiente.
Art.2°.- La Contaduría Municipal deberá instrumentar la contabilidad de los montos de descuentos que surgen por la presente, en una partida especial.
Art. 3°.-Este descuento se denominará de buena vecindad D.B.V.
Art.4°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Diciembre 21 de 1988.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Dra. Mirta Soto de F. Fellini. VICE PRESIDENTE 1° H.C.D.
Susana Isabel Villalba. AUXILIAR H.C.D.