ORDENANZA N° 632
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- Modificase el Art. 2°) de la Ordenanza N° 607 por el siguiente: "El importe que deberá abonarse en concepto de beca será igual al monto de la asignación por escolaridad primaria que se abona a los empleados en relación de dependencia, de acuerdo al régimen de asignaciones familiares. Lo establecido precedentemente deberá abonarse a partir del mes de Julio del presente año.”
Art. 2°.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Julio 5 de 1989.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Cr. Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.
Dr. José Miguel Catalá. SECRETARIO H.C.D.