ORDENANZA N° 643
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- ABONESE al personal Municipal en todas sus categorías como asignación especial no remunerativa, la suma de OCHO MIL AUSTRALES (? 8000), en un plazo que no excederá del 22 de Agosto de 1989.-
Art. 2°.- LA asignación establecida será de aplicación a todo el personal Municipal, cualquiera fuere el régimen legal al que esté sujeto, este mismo criterio será aplicado para la asignación especial no sancionada para el mes de julio de 1989.-
Art. 3°.- EL personal Municipal percibirá la asignación especial en forma proporcional, cuando la prestación cumplida en el período de pago fuera inferior a la legal.-
Art. 4°- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto 9 de 1989.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Cr. Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.
Dr. José Miguel Catalá. SECRETARIO H.C.D.