Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 645

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA

 

Art. 1°.- FIJASE la remuneración mensual de la categoría 01 del personal municipal en ‎? 40.000 desde el mes de Septiembre de 1989, sin perjuicio de la aplicación de uno mayor cuando así pudiere corresponder por aplicación de la Ordenanza N° 523.-

Art. 2°.- FIJASE la remuneración mensual de la categoría 01 del personal municipal en  ‎? 32.000 para el mes de Agosto de 1989, ratificándose en todo su contenido la Ordenanza N° 643 (Adicional de  ‎? 8.000), sin perjuicio de la aplicación de no mayor cuando así pudiera corresponder por aplicación de la Ordenanza N° 523.-

Art. 3°- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Agosto 23 de 1989.-

 

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-

Cr. Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.

Dr. José Miguel Catalá. SECRETARIO H.C.D.