ORDENANZA N° 651
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1°.- ACEPTASE el subsidio no reintegrable de ? 300.000-, otorgado a esta Municipalidad, por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación, para la obra de "Construcción de Refugios Peatonales en la Ciudad de Curuzú Cuatiá y Acceso al Pueblo de Cazadores Correntinos".
Art. 2°.- CREASE en el TITULO A.II RECURSOS NO CORRIENTES, RUBRO A. II.2 DE JURISDICCION NACIONAL, -PARTIDA 06 Subsidio no Reintegrable del Ministerio de Obras y Servicios Públicos "Construcción de Refugios Peatonales en la Ciudad de Curuzú Cuatiá y Acceso al pueblo de Cazadores Correntinos".
Art. 3°.- EL D.E. deberá rendir cuenta de los fondos recibidos en el término y condiciones que establece la Resolución respectiva.
Art. 4°.-COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Septiembre 6 de 1989.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
Cr. Dante Osmar Bravo. PRESIDENTE H.C.D.
Dr. Justo Pio Sierra. PRO-SECRETARIO H.C.D.