Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 717

LA MUNICPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA

Art.1º.- Derógase la Ordenanza Nº 663.-

 

Art.2º.- Modifíquese el artículo 8 de la Ordenanza Nº 610, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"El contrato que regirá la relación laboral podrá asumir alguna de las siguientes modalidades:

a)     Para obras o actividades de carácter transitorio.

b)      Para obras o actividades de carácter permanente.

En el primer caso que comprenderá también al personal contratado para cubrir las suplencias se celebrarán contratos de hasta 12 meses, que podrá renovarse una vez, cuando la obra o actividad de que se trate, requiera la continuidad del agente.-

En el segundo caso los contratos se celebrarán también por un máximo de 12 meses.-"

 

Art. 3º.- Comuníquese al DE, publíquese, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL HCD, ABRIL 11 DE 1990.-

CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-