Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 741

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EL CONCEJO

ORDENA

 

Art. 1°.- DONASE a la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS UNION Y BENEVOLENCIA un terreno en zona de panteón, identificado entre los de series "J" al Oeste y los N. C. al Este de 18 metros de frente por 3 metros de fondo.

 

Art. 2°.- DISPONGASE que el donatario deberá respetar los siguientes plazos:

a) Dentro de un (1) año de aprobada la presente Ordenanza deberá presentar ante la Secretaría de Obras Públicas los planes de edificación correspondientes, debidamente Inscriptos ante los organismos pertinentes y notificación a este H.C.D.

b) Dentro del plazo de dos (2) años de aprobada la presente Ordenanza deberá construirse como mínimo el 50% de lo proyectado.

c) Dentro del plazo de cuatro (4) años contados a partir de la promulgación de la presente deberá estar construida la totalidad de la obra proyectada.

ch) El Incumplimiento de cualquiera de estas condiciones o cargos precedentemente expuestos de pleno derecho se revocará la donación regresando en consecuencia a la propiedad de esta Municipalidad el terreno con todo lo clavado y edificado sin deber por ello el Municipio ningún tipo de Indemnización.

 

Art. 3°.- AUTORIZASE al señor Intendente Municipal a firmar la Escritura traslativa de dominio a favor de la mencionada Institución.

 

Art. 4°.- COMUNIQUESE al D.E.., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D, Junio 20 de 1.990