ORDENANZA Nº 829
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- El Boletín
Municipal, será editado semanalmente, siendo el día de su entrega a autoridades
municipales, y a todas las personas que deseen adquirirlo, el día lunes de cada
semana, si dicho día es inhábil, se prorrogará automáticamente al primer días
hábil siguiente al mencionado.
Art.2º.- En el citado
Boletín Oficial se publicarán las siguientes documentaciones oficiales, siendo
esta enumeración meramente ejemplificativa y no excluyente de otro u otros
tipos de publicaciones, que sean ordenadas por autoridad competente:
a. Resoluciones
del Departamento Ejecutivo.
b. Comunicaciones,
Resoluciones, Ordenanzas, Declaraciones del H.C.D., Resoluciones y Disposiciones
de Presidencia del H.C.D.
c. El Movimiento
de Ingreso y Egresos mensuales del Tesorero Municipal de acuerdo al Art. 8º de
la Ley 2498.
d. El estado de
Cuentas Semestral de la Administración Municipal que deberá presentar el D.E.M.
al H.C.D., en cumplimiento del Art. 57º de la Ley Nº 2498.
e. Balance
General del Ejercicio Financiero, con su memoria correspondiente, de acuerdo al
Art. 57º de la Ley Nº 2498.
f.
El Movimiento producido en los formularios F.C.1 y F.C.2,
aprobados por Ordenanza Nº
563.
g. Estado de
Cuentas de la Tesorería, según Art. 78º, inc.18) de la Ley Orgánica Municipal.
h. Edictos
Municipales.
La nómina del
inc. b) se referirá a las fechas siguientes: 30 de abril y 31 de Octubre de
cada año.
Art.3º.- La
aplicación integral de la presente Ordenanza será a partir del 1º de Mayo de
1.991.
Art.4º.-
COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE
SESIONES DEL H.C.D., Marzo 27 de 1.991.-
CURUZU
CUATIA, CORRIENTES