ORDENANZA N° 833
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art. 1°.- SUSPENDASE la aplicación del art. 38 de la Ordenanza N° 178, "Código Tributario Municipal” y de todas las normas municipales que establezcan sistemas de actualización de los valores fijados en los distintos tributos comunales.-
Art. 2°.- EXTIENDASE hasta el día 31 de agosto de 1991 la suspensión prevista en el artículo anterior, pudiendo ser prorrogada por un término similar por Ordenanza.-
Art. 3°.- COMUNIQUESE la D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., abril 10 de 1.991.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-