Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 844

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA

 

Art.1°.- AGREGANSE en el art. 29 de la Ordenanza N° 694 los siguientes incisos:

 

f) Por cada función que se realice en la Sala Cervantes, el importe equivalente a veinte entradas que se cobren en dicha función. La tasa mínima será de ? 100.000, quedando exentas las entidades de bien público cuando no cobren entradas.

g) Por día de utilización del Albergue Municipal y por persona ? 20.000.

Se eximen de la presente tasa a aquellos ocupantes del Albergue o Sala Cervantes que se encuentren participando de actividades culturales o deportivas o sociales auspiciadas por la Municipalidad.

 

Art. 2°.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Mayo 22 de 1991.-

 

CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-