Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 910

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA

Art.1°.- ADOPTESE, como Código Bromatológico de la Ciudad de Curuzú Cuatiá, el Código Alimentario Nacional, con el texto que le dio la Ley 18284, sus modificatorias y su re­glamentación en su texto actual.

Art.2o.- La Dirección da Bromatología y Zoonosis, o el organis­mo que haga sus veces, será la autoridad de aplicación del Código Bromatológico de la Ciudad da Curuzú Cuatiá. Contará con el auxilio de la Inspección General y de las distintas Secretarías del D.E., pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública para el mejor cumplimien­to de sus funciones.

Art. 3°.- AMPLIASE la Partida 09-DIRECCION DE BROMATOLOGIA, Rubro B-1-08- "ACCI0N SOCIAL Y CULTURAL" en la suma de $ 6.000.

Art. 4o.- COMUNIQUESE al D.E., Publíquese, Regístrese y Archívese. SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Febrero 20 de 1.992.-