ORDENANZA 1026
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art.l°.- PRORROGAR por el término de 90 (noventa) días corridos la vigencia de la Ordenanza N° 934 referida al funcionamiento del Matadero Municipal.
Art.2°.- LA prórroga establecida por el Art.l° de la presente deberá ser ínterrumpida en caso de que la Municipalidad de Curuzú Cuatiá venda u otorgue en concesión las instalaciones afectadas para el funcionamiento del Matadero, tal decisión deberá ser comunicada a los señores carniceros y matarifes con una anticipación de 10 (diez) días corridos quienes estarán obligados a entregar las mismas.
Art. 3°.- COMUNIQUESE, al D. E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H. C. D., Febrero 11 de 1993.
CURUZU CUATIA CORRIENTES