Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1054

 

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA

 

Art. 1º.-MODIFICASE el Art. 71 de la Ordenanza Nº 610/89, el que en definitiva queda redactado de la siguiente manera: "PARA la determinación de la antigüedad del personal de la Administración Municipal, se computarán no sólo los servicios prestados en ella, sino también los que provinieren de actividades en la Administración Nacional, Provincial, como así también en las Empresas del Estado Nacional, Provincial y Municipal; exceptuándose expresamente a los funcionarios municipales."

 

Art.2°.-COMUNIQUESE al D.E., Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Mayo 20 de 1.993.-

 

CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-