ORDENANZA N° 1198
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1°.-DONASE, los respectivos lotes y viviendas del Barrio 53 Viviendas "INTENDENTE JUAN PEDRO SORRIBES", a los titulares de los grupos familiares que se detallan en el Anexo I que integra la presente Ordenanza.-
Art.2°.-AUTORIZASE al D.E.M. a otorgar la posesión en forma inmediata a los donatarios, suscribir las escrituras traslativas de dominio correspondientes y realizar todos los actos materiales y jurídicos necesarios para enajenar los inmuebles correspondientes al BARRIO 53 VIVIENDAS "JUAN PEDRO SORRIBES" en el tiempo más breve posible.-Las donaciones de las viviendas se realizarán en el estado en que se encuentran actualmente, pudiendo realizarse informaciones sumarias o estudios sociales que documenten la conformación de los grupos familiares y sus titulares, los que podrán acceder a la propiedad en forma individual o en condominio.-
Art.3°.-EL costo de las transferencias serán a cargo de los beneficiarios, debiendo tomarse todas las medidas posibles para abaratar estas erogaciones.-
Art.4°.— LAS Tasas Municipales se abonarán a partir del momento en que efectivamente se presten los servicios correspondientes y el Impuesto Inmobiliario Urbano desde la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble del instrumento traslativo de dominio.-
Art.5°.— LA Municipalidad se compromete a gestionar ante los organismos competentes la instalación de la infraestructura necesaria para brindar la red de distribución de energía eléctrica a dicho barrio en el tiempo más breve posible.
Art.6°.-DEROGASE la Ordenanza N9 671/89.-
Art.7°.-COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 15 de Septiembre de 1.994.-
CURUZUCUATIA, CORRIENTES.-