Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1.238

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º.- EXIMESE el 50% del pago de Aprobación de Planos de Construcción al Sindicato de Luz y Fuerza de Corrientes, Delegación Curuzú Cuatiá, del monte que surja del Expte. Nº 201 de fecha 22 de Noviembre de 1994, de la Secretaría de Planeamiento y Obras.-

 

Art. 2º.- SI DENTRO de los 30 (treinta) días de publicada la presente no abonan lo estipulado en el art. anterior, decae el derecho a la eximisión concedida.-

 

Art. 3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

            

              SALA DE SESIONES DEL HCD. Marzo 16 de 1.995.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-