ORDENANZA Nº 1.240
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- ADHERIR en todos sus términos, por parte de esta Municipalidad a la ley Provincial Nº 4716 y al Decreto Reglamentario Nº 1505.-
Art. 2º.- AUTORIZASE la adhesión de esta Municipalidad al régimen de retiro Voluntario financiado con el BOCEP, DECRETO DEL PODER Ejecutivo Nacional Nº 676 del 7 de abril de 1993, de acuerdo a las directivas expresadas en el mismo.-
Art. 3º.- DISPONESE la excepción de Tasas por cualquier tributo Municipal que pueda gravar las operaciones que se generen por los BOCEP.-
Art.4º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para celebrar convenios con la provincia en condiciones similares al suscripto por esta con el Poder Ejecutivo Nacional.-
Art.5º.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL reglamentara en el termino de quince (15) días de promulgada la presente Ordenanza.-
Art.6º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Marzo 23 de 1.995.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-