Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1.240

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º.- ADHERIR en todos sus términos, por parte de esta Municipalidad a la ley Provincial Nº 4716 y al Decreto Reglamentario Nº 1505.-

 

Art. 2º.- AUTORIZASE  la adhesión de esta Municipalidad al régimen de retiro Voluntario financiado con el BOCEP, DECRETO DEL PODER Ejecutivo Nacional Nº 676 del 7 de abril de 1993, de acuerdo a las directivas expresadas en el mismo.-

 

Art. 3º.- DISPONESE  la excepción de Tasas por cualquier tributo Municipal que pueda gravar las operaciones que se generen por los BOCEP.-

 

Art.4º.- FACULTASE  al Departamento Ejecutivo Municipal para celebrar convenios con la provincia en condiciones similares al suscripto por esta con el Poder Ejecutivo Nacional.-

 

Art.5º.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL reglamentara en el termino de quince (15) días de promulgada la presente Ordenanza.-

 

 

Art.6º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

            

              SALA DE SESIONES DEL HCD. Marzo 23 de 1.995.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-