Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1.244

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º.- ESTABLECER  que el pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y OTROS RODADOS  en los casos del artículo 211º del Código Fiscal de la Provincia de Corrientes se podrá realizar en las fechas correspondientes a los vencimientos del resto de los contribuyentes de dicho impuesto.-

 

Art. 2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

            

              SALA DE SESIONES DEL HCD. Marzo 30 de 1.995.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-