Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1.248

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º.- DISPONESE  de conformidad a lo dispuesto en el Art. 191º Inc. B) de la C.O.M  la reapertura del Registro Electoral para Extranjeros y del Padrón de Ciudadanos Extranjeros.-

 

Art. 2º.- PARA  la confección del Padrón del articulo anterior deberá confeccionarse de acuerdo a la norma precitada y al Art. 161  de la constitución de la provincia, debiendo contener los siguientes datos: Nombres y Apellidos completos, lugar de nacimiento documento de identidad (cedula de identidad de extranjeros), domicilio, profesión y específicamente, el tiempo de residencia en el país, debiendo dividirse el Padrón por sexo.-

 

Art. 3º.- LA confección del Padrón de Ciudadanos Extranjeros, estará a cargo de la secretaria de este honorable concejo, serán registros y padrones confeccionados para las elecciones municipales de los años 1983, 1985, 1989, 1991 y 1993.

 

Art.4º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

            

              SALA DE SESIONES DEL HCD.  Abril 20 de 1.995.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-