ORDENANZA Nº 1.251
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- MODIFIQUESE el art. 186, del Titulo XII del código Tributario, Ordenanza Nº 178/84 y sus modificatorias, Licencia de conductor, inciso b) – Documentación, punto 5º- determinación del grupo sanguíneo; punto al que se le agregara el siguiente párrafo: 2 requisito este que será exigible para el otorgamiento de la Licencia de conductor por primera vez
Art. 2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. mayo 4 de 1.995.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-