ORDENANZA Nº 1.266
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- DEROGASE la Ordenanza 1002/92 que modifica el Art. 2º de la ordenanza 984/92 que quedara redactado de la siguiente manera:
Art.2º EN LOS LOCALES a que se refiere el artículo anterior se descontaminara el instrumental, alicantes, tijeras bisturíes, navajas, pinzas de depilación, peines etc., etc. sumergiendo dichos elementos durante 30 minutos en una solución de cloruro de benzalconio al 0.08%, solución de glutaraldeido tiene una vida útil de 30 dias, luego debe ser desechada. Debera ser colocada en un recipiente de plástico a la vista del público, con tapa hermética. Esta caja tendrá en su fondo una rejilla desmontable sobre la cual se depositara el instrumental para facilitar su retiro y evitar el desperdicio del antiséptico.
La solución de benzalconio también estará en recipientes de plástico y los dos, a la vista del público.
También se puede esterilizar introduciendo el material en estufa u horno esterilizador a 120 grados durante una hora.-
Art. 2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Junio 22 de 1.995.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-