ORDENANZA Nº 1.296
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- ESTABLECER un plazo hasta el 31 de marzo de 1996, para que los propietarios de viviendas que hayan efectuado construcciones o ampliaciones sin aprobación de la secretaria de planeamiento y obras, o no posean plano de documentación, presenten a la secretaria mencionada los planos correspondientes, en forma espontánea.-
Art.2º.- LA PRESENTACION espontánea tendrá el beneficio de la condonación de las multas, intereses y otros accesorios que correspondan en cada caso, según lo establecido en el CODIGO TRIBUTARIO Y ORDENANAZA TARIFARIA en vigencia. Se cobraran solamente los importes correspondientes a los metros cuadrados que se declaren, según la categoría de la vivienda y a los valores establecidos en la Ordenanza Tarifaria (Nº 961/92)
Art.3º.- ESTE beneficio se extiende a todos los planos ya presentados a la secretaria de planeamiento y obras, cuya aprobación este pendiente de pago.-
Art.4º.- ESTABLECESE un plan de pago para el Derecho de Aprobación de planos, consistente en tres (3) pagos, hasta el plazo establecido en el art.1º de la presente.-
Art.5º.- VENCIDO el plazo establecido, la secretaria de planeamiento y obras realizara inspecciones y cuando se constate construcciones no declaradas, se aplicaran las multas establecidas, efectuándose las situaciones por medio del tribunal de faltas.-
Art.6º.- VENCIDO el plazo fijado en el art.1º la secretaria de planeamiento y obras deberá enviar esos datos a la oficina de catastro municipal para actualizar el padrón inmobiliario.-
Art. 7º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Octubre 5 de 1.995.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-