ORDENANZA Nº 1.311
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- AUTORIZAR al D.E.M a fijar las fechas de vencimientos y porcentajes de los Anticipos y cuotas de los impuestos inmobiliario, Urbano y sub.-rural y a los Automotores y Otros Rodados, correspondiente al periodo 1996.-
Art. 2º.- MANTENGASE los importes mínimos y cantidad de cuotas fijados en el Art.3º de las Ordenanzas Nº 1232/95 y 1245/95 para el periodo 1995 (donde se determina la suma de $18 por cada uno y para cada tributo).-
Art. 3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. 23 de noviembre de 1.995.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-